El descanso en domingo o descanso semanal es un derecho de todos los trabajadores que laboran a tiempo completo en todos los países de habla hispana y cuyo salario se da de forma quincenal o mensual.

A esto se le conoce como día de descanso semanal remunerado. Se trata de un período de descanso de 24 o 36 horas después de 6 laborados, el cual puede ser domingo u otro día si la empresa abre domingo y te toca trabajar. Por ejemplo, si se trata de comercio o servicios de entretenimiento: restaurantes, bares, supermercados, cines, etc.

El domingo de descanso o descanso semanal es remunerado al 100%. Quiere decir que dentro de tu salario mensual ya está incluido el pago de domingos o los días de descanso que te toquen.

Esto es así porque se considera que el día de descanso es necesario para que el trabajador rinda de forma óptima en sus labores el resto de la semana.

El día de descanso remunerado está contemplado dentro de las leyes o estatutos laborales de cada país.

Salvo situaciones de calamidad nacional o en las que la actividad empresarial se vea amenazada, no te pueden obligar a trabajar el domingo o en el día de descanso que te toque.

Si trabajo domingo, ¿cuánto me deben pagar?

En algunas ocasiones, el empleador puede requerir que un trabajador labore un domingo o el día de descanso que le correspondía.

Para estos casos, en la mayoría de países se contempla que el día sea compensado con otro día en la semana más un pago adicional por las horas laboradas el día de descanso.

Haz clic en el enlace de tu país para ver lo que dice la legislación al respecto:

México

La Ley Federal del Trabajo establece lo siguiente:

Art. 69: Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

Art. 73: Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Esto significa que el pago por domingo trabajado (o día de descanso trabajado) te toca el doble de salario diario, el cual puedes calcular dividiendo el salario mensual entre 30.

Luego, para calcular cuánto es el pago por trabajar el domingo, multiplicas el resultado por 2.

Mira también de cuánto es tu pago por trabajar en días festivos en México.

Guatemala

Según el Código del Trabajo:

Art. 126:  Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso remunerado después de cada semana de trabajo…

Artículo 121.  El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites de tiempo que determinan los artículos anteriores para la jornada ordinaria, o que exceda del límite inferior que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y debe ser remunerada por lo menos con un cincuenta por ciento más de los salarios mínimos o de los salarios superiores a éstos que hayan estipulado las partes.

Art. 128:  En las empresas en las que se ejecuten trabajos de naturaleza muy especial o de índole continua, según determinación que debe hacer el reglamento, o en casos concretos muy calificados, según determinación de la Inspección General de Trabajo, se puede trabajar durante los días de asueto o de descanso semanal, pero en estos supuestos el trabajador tiene derecho a que, sin perjuicio del salario que por tal asueto o descanso semanal se le cancele el tiempo trabajado, computándosele como trabajo extraordinario.

Todo esto quiere decir que cada jornada laborada en día domingo o de descanso debe pagarse con 50% más de lo que te pagan tu jornada normal.

Para calcularlo, divide tu salario mensual entre 30 y multiplica por 1.5. Ese es el valor del pago por domingo laborado.

Conoce cuánto te deben pagar por trabajar en días de asueto en Guatemala.

El Salvador

En El Salvador, el pago de días domingos laborados también está establecido en el Código de Trabajo:

Art. 171: Todo trabajador tiene derecho a un día de descanso remunerado por cada semana laboral…

Art. 175.- Los trabajadores que de común acuerdo con sus patronos trabajen en el día que legal o contractualmente se les haya señalado para su descanso semanal, tendrán derecho al salario básico correspondiente a ese día, más una remuneración del cincuenta por ciento como mínimo, por las horas que trabajen y a un día de descanso compensatorio remunerado.

Esto significa que, si trabajaste un día domingo o en el día que te tocaba descansar, te deben dar otro en compensación y además pagarte el domingo trabajado un 50% adicional de tu salario diario.

Este cálculo se hace dividiendo tu salario entre 30 y multiplicando por 1.5. Ese será el valor del pago por trabajar domingo o día de descanso.

Conoce cómo se paga el trabajo en días de asueto en El Salvador.

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Honduras

Lo referente al descanso semanal está en el Código de Trabajo hondureño:

Art. 338: El trabajador gozará de un (1) día de descanso, preferentemente el domingo, por cada seis (6) de trabajo. No obstante, puede estipularse en favor de los trabajadores un período íntegro de veinticuatro (24) horas consecutivas de descanso, en día distinto, a cambio del descanso dominical.

Art. 340. Si en virtud de convenio se trabajare durante los días de descanso o los días feriados o de fiesta nacional, se pagarán con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria…

Tal como puedes ver, cuando se trabaja domingo o en tu día de descanso en Honduras, el pago es el doble de tu salario diario. Por lo tanto, para estimarlo, debes multiplicar tu salario diario por 2. 

Mira cómo se paga el trabajo en feriado en Honduras.

Nicaragua

El Código del Trabajo de Nicaragua establece lo siguiente en los artículos 62 y 64:

Art. 62:  Las horas extraordinarias y las que labore el trabajador en su día de descanso o compensatorio por cualquier causa, se pagarán un cien por ciento más de lo estipulado para la jornada normal respectiva.

Art. 64:  Por cada seis días de trabajo continuo u horas equivalentes, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de un día de descanso o séptimo día, por lo menos, con goce de salario íntegro. El día de descanso semanal será el domingo, salvo las excepciones legales.

Esto quiere decir que, si por acuerdo con tu empleador laboras un domingo o día de descanso semanal, te deben pagar el doble de tu salario diario ese día.

Mira a cuánto se paga el trabajo en feriados en Nicaragua.

Costa Rica

El Código de Trabajo de Costa Rica estipula que los días domingos se consideran feriados

Art. 147:  Son días hábiles para el trabajo todos los días del año, excepto los feriados. Solo se considerarán feriados los domingos, el 1o de enero, el 19 de marzo…

Art. 152:  Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso absoluto después de cada semana o de cada seis días de trabajo continuo, que sólo será con goce del salario correspondiente si se tratare de personas que prestan sus servicios en establecimientos comerciales o cuando, en los demás casos, así se hubiere estipulado.

El patrono que no otorgue el día de descanso incurrirá en las sanciones legales y en la obligación de satisfacer a sus trabajadores, por esa jornada, el doble del salario que ordinariamente les pague…

Todo esto significa que el pago del trabajo en día domingo en Costa Rica se hace con el 100% de remuneración adicional. Sin embargo, debes saber que para el caso de actividades agrícolas, ganaderas o de industria, el pago es del 50% adicional (y es permitido laborar solo si no se trata de trabajo pesado).

Conoce tu pago por trabajo en feriado en Costa Rica.

Panamá

En Panamá, la forma de remunerar el trabajo en domingo o día de descanso es dando otro día en compensación libre más un pago adicional del 50% sobre el salario regular. Esto establece el Código del Trabajo:

Art. 41: El descanso semanal obligatorio debe darse de preferencia los domingos…

Art. 48: El trabajo en día domingo o en cualquier otro día de descanso semanal obligatorio se remunerará con un recargo del 50 por ciento sobre la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a disfrutar de otro día de descanso.

Mira cómo se paga el trabajo en días de asueto en Panamá.

República Dominicana

Dentro del Código del Trabajo dominicano se estipula el día de descanso de la siguiente manera:

Art. 163: Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de treinta y seis horas.

Este descanso será el convenido entre las partes y puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de convención expresa, se inicia a partir del sábado a mediodía.

Art. 164: Si el trabajador presta servicio en el período de su descanso semanal, puede optar entre recibir su salario ordinario aumentado en un ciento por ciento o disfrutar en la semana siguiente de un descanso compensatorio igual al tiempo de su descanso semanal.

Lo anterior significa que solo puedes optar por una de ambas opciones: Pago doble u otro día libre.

Para calcular a cuánto corresponde el pago doble, bebes saber tu salario diario. En el caso de la legislación dominicana, se estipula que se hace dividiendo el salario mensual entre 23.83 días (y no entre 30, como en otros países).

El total obtenido es el salario diario, el cual debes multiplicar por 2 para saber tu pago por trabajar domingo.

Conoce tu pago por trabajar en días festivos en República Dominicana.

Colombia

El Código Sustantivo del Trabajo de Colombia detalla lo siguiente en el artículo 179, numeral 1:

  1. El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Esto significa que, si laboras el domingo o en tu día de descanso, para calcular el pago, debes multiplicar tu salario diario por 1.75 para saber cuánto te corresponde.

Conoce cómo se paga el trabajo en días feriados en Colombia.

Venezuela

Art. 120: Pago por trabajo en día feriado o descanso. Cuando un trabajador o una trabajadora preste servicio en día feriado tendrá derecho al salario correspondiente a ese día y además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con recargo del cincuenta por ciento sobre el salario normal.

Art. 184: Días hábiles y días feriados. Todos los días del año son hábiles para el trabajo con excepción de los feriados. Son días feriados, a los efectos de esta Ley: a) Los domingos…

Esto significa que, si te toca laborar un domingo, el trabajo realizado se paga con el 50% más sobre el valor de tu salario diario. Por lo tanto, para estimarlo, debes dividir el salario mensual entre 30. Luego ese salario diario lo multiplicas por 1.5. 

Calcula tu pago por trabajo en feriados en Venezuela.

Perú

Lo referente al día de descanso se establece en la Ley General de trabajo:

Art. 273: Descanso semanal. El trabajador tiene derecho como mínimo a veinticuatro (24) horas consecutivas de descanso remunerado en cada semana, el que se otorgará preferentemente en día domingo. Por acuerdo de partes puede acumularse el descanso semanal correspondiente a dos (2) semanas.

Art. 277: Sobretasa del 100% por trabajo en día de descanso: Los trabajadores que laboren en su día de descanso sin sustituirlo por otro día, en los siguientes siete (7) días naturales, serán remunerados con la retribución correspondiente a la labor efectuada más una sobretasa del cien por ciento (100%), salvo el acuerdo de acumulación previsto en el artículo 273.

Es decir que puedes elegir entre un pago doble por trabajar el domingo o acumular un día más para la siguiente semana, pero no se puede acumular más de dos.

Conoce tu pago por trabajo en días festivos en Perú.

Ecuador

En Ecuador, la ley sobre días de descanso establece en el Código de Trabajo que hay dos días de descanso obligatorio:

Art. 50: (…) Los días sábados y domingos serán de descanso forzoso y, si en razón de las circunstancias, no pudiere interrumpirse el trabajo en tales días, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores…

Art. 55. Num. 4: El trabajo que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado con el ciento por ciento de recargo.

Esto quiere decir que, si trabajas cualquiera de esos dos días, te lo deben pagar doble, sea sábado o domingo. O los días de descanso que te correspondan en su lugar.

Calcula tu pago por trabajar en feriados en Ecuador.

Bolivia

Dentro de la Ley General de Trabajo de Bolivia se estipula:

Art. 41: Son días hábiles para el trabajo todos los del año, con excepción de los feriados considerándose tales todos los domingos, los feriados civiles y los así declarados ocasionalmente, por leyes y decretos especiales.

Art. 55: Las horas extraordinarias y los días feriados se pagarán con el 100 por ciento de recargo…

Como ves, el domingo se considera feriado, por lo que, si debes laborar en dicho día, se te debe remunerar con un 100% adicional a tu salario diario.

Calcula tu pago por trabajo en día festivo en Bolivia.

Chile

En Chile, el Código del Trabajo dictamina lo siguiente:

Art. 32: Las horas extraordinarias se pagarán con un recargo del cincuenta por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período…

Art. 35. Los días domingo y aquellos que la ley declare festivos serán de descanso, salvo respecto de las actividades autorizadas por ley para trabajar en esos días.

Lo anterior quiere decir que, si laboras un domingo, se te debe recompensar con un pago del 50% adicional sobre tu salario diario.

Mira cómo se paga el trabajo en día festivo en Chile.

Paraguay

Lo referente al día de descanso en Paraguay se encuentra en su respectivo Código de Trabajo:

Art. 213: Todo trabajador tendrá derecho a un día de descanso semanal que normalmente será el domingo…

Art. 216. Los trabajos que requieran una labor continua serán reglamentados de modo que los trabajadores puedan disponer del número de días que este Código considera como de descanso semanal obligatorio.

Es decir que al laborar un domingo se te debe compensar con otro día libre en la semana.

Sin embargo, el Código no contempla específicamente un pago por trabajo en día de descanso. Únicamente indica recargos sobre horas extras y días feriados:

Art. 234. Las horas extraordinarias de labor serán pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.

Las horas trabajadas en días feriados serán pagadas con recargo del 100% (cien por ciento) sobre el salario hora ordinario de día hábil.

En este caso, dicho pago dependería más de lo que acuerdes con tu empleador, ya que el Código tampoco estipula el domingo como “feriado”.

Conoce cómo se paga el trabajo en días feriados en Paraguay.

Uruguay

En cuanto a la legislación uruguaya, lo referente al día de descanso se establece en la Ley No. 7.318 – Decreto 437/88 de 29 de junio de 1988: 

El descanso semanal es obligatorio para los trabajadores de todo establecimiento comercial e industrial y sus dependencias, cualquiera sea su naturaleza. La duración es distinta en la industria y el comercio. En la primera es de 24 horas y en el segundo de 36 horas.

Por otro lado, la Ley No. 15.996, de 17 de noviembre de 1988 – Decreto Reglamentario 550/89, de 22 de noviembre de 1989, establece lo siguiente:

Art. 1: (…) Si la prolongación de la jornada de trabajo tiene lugar en días en que, de acuerdo a la ley, convención o costumbre, por ser feriados o gozarse de descanso semanal, no se trabaje, el recargo será de un 150% (ciento cincuenta por ciento). Esta tasa se aplicará sobre el valor hora de los días laborales.

Por lo tanto, el pago se calcularía multiplicando el salario diario por 2.5, es decir por 1 + 1.5 de recargo.

Calcula tu pago por trabajo en día feriado en Uruguay.

Argentina

En Argentina, lo laboral se rige por la Ley del Contrato de Trabajo, la cual establece lo siguiente:

Art. 204: Prohibición de trabajar: Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las trece (13) horas del día sábado hasta las veinticuatro (24) horas del día siguiente, salvo en los casos de excepción previstos…

Art. 207: Salarios por días de descanso no gozados: Cuando el trabajador prestase servicios en los días y horas mencionados en el artículo 204, medie o no autorización (…) El empleador, en tal caso, estará obligado a abonar el salario habitual con el ciento por ciento (100 %) de recargo.

Como ves, en este caso, la legislación es clara sobre la remuneración, la cual corresponde a un pago doble por trabajar en día de descanso.

Calculá tu pago por trabajar en días feriados en Argentina.

España

Lo relativo a los días de descanso semanal están contemplados en el Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos: 1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de 18 años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.

Como ves, acá se refiere a un día y medio de descanso para mayores de 18 y dos días para los menores de edad.

En cuanto a la remuneración por trabajo en festivos, está establecida en el Real Decreto 2001/1983, artículo 47:

Art. 47: Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la Empresa vendrá obligada a abonar al trabador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio.

Esto quiere decir que, si trabajas en tu día de descanso, deben pagarte el salario diario multiplicado por 1.75.

Calcula fácilmente tu pago por trabajo en días festivos en España.

En conclusión:

A excepción de Paraguay, todos los países latinoamericanos, así como España, tienen especificada una remuneración extra por laborar el día festivo, la cual va desde el 50% al 100, dependiendo de cada legislación.

En todo caso, como ves es un derecho en todos los países y a menos te lo deben compensar con otro día de descanso dentro de la semana laboral.

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