Indemnización por incapacidad permanente parcial por enfermedad o accidente laboral

Un derecho con el que cuentan todos los trabajadores afiliados al sistema de Seguridad Social en Chile es a la indemnización por incapacidad permanente, que se da al trabajador cuando ha sufrido de una enfermedad causada por el trabajo (cáncer por exposición a materiales y químicos peligrosos, por ejemplo) o cuando ha sufrido algún accidente laboral ocasionando un decrecimiento en sus capacidades, entre un 15% a un 40%. Es decir, cuando el trabajador pierde capacidades físicas o mentales para regresar a sus labores habituales. 

Esta condición se establece después de una incapacidad temporal, siempre que la condición de incapacidad se considere irreversible. Esto quiere decir que antes del dictamen de incapacidad permanente parcial, se debe contar con una incapacidad temporal. 

Luego de pasado el período de atención médica y rehabilitación se evalúa el estado del trabajador. Si, en efecto, la rehabilitación no ha dado un resultado del 100%, pero la pérdida de facultades está en el rango del 15% al 40%, es acreedor a una indemnización.

La indemnización por incapacidad permanente parcial se paga una sola vez. El monto a recibir puede variar entre 1.5 y 15 veces el salario base promedio que el trabajador devengó el último medio año (sin incluir subsidios).

Una vez determinado el total a recibir, el trabajador puede decidir si lo recibe en un solo pago o por cuotas de 30 veces el subsidio diario. En este último caso, si después desea pedir el saldo restante en un solo pago, puede solicitarlo también. 

En caso de que el grado de pérdida de facultades supere el 40%, se otorga una pensión por incapacidad permanente parcial. 

¿Quién determina la condición y el grado de incapacidad permanente parcial?

Si estás afiliado al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) la incapacidad la determina la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin). Para los trabajadores cuyos empleadores estén afiliados a la Comisión Médica de la Mutual, es esta entidad la que lo determina.

Pensión por incapacidad permanente e invalidez en Chile 

Existen casos en los que debido a enfermedad o accidente laboral el trabajador queda con algún grado de invalidez. Dependiendo de la gravedad de la misma, el sistema de salud chileno lo clasifica en 3 tipos: invalidez parcial, invalidez total y gran invalidez.

Dependiendo del grado, la Seguridad Social otorga al trabajador una pensión por invalidez. Es importante mencionar que estas están exentas de pago de impuesto de renta.

Ahora, veamos cada una de ellas:  

Pensión por incapacidad permanente parcial

En caso de que el trabajador haya sufrido una enfermedad o accidente laboral que disminuya su capacidad entre 40% y menos del 70%, el trabajador tiene derecho a una pensión por incapacidad permanente parcial. 

En este caso, el monto a recibir es del 35% de su salario base. Pero se incremente en un 5% por cada hijo que sea acreedor de asignación familiar, sobre dos. Sin embargo, el límite es el 50% del salario. 

Pensión por incapacidad permanente total

La incapacidad permanente total se da si tras una enfermedad o accidente laboral, el trabajador pierde el 70% o más de sus funciones o movilidad. En este caso, la pensión es del 70% del salario base del trabajador. Igual que en el caso anterior, el monto a recibir aumenta un 5% por hijo acreedor de asignación familiar, sobre dos. Pero el límite, en este caso, es del 100% del salario base. 

Suplemento por gran invalidez

Si el trabajador ha sido declarado con incapacidad permanente total y además requiere la asistencia de una tercera persona para actividades diarias fundamentales (comer, vestirse, movilizarse, etc.), se le otorga un monto suplementario a su pensión.

Se entiende que este pago suplementario es para que el trabajador pueda remunerar la asistencia que recibe. El valor del mismo es del 30% adicional, mientras deba recibir la ayuda. Es decir que solo se paga durante el período en que la persona no pueda valerse por sí misma para actividades diarias básicas. 

En este último caso, también se incrementa la pensión en un 5% por cada hijo con asignación familiar, sobre dos. El monto máximo a recibir es del 140% del salario base.

¿Quién determina el grado de invalidez del trabajador?

Al igual que en el caso de la incapacidad permanente parcial, si estás afiliado al Instituto de Seguridad Laboral (ISL), la determina la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin). Si tu empleador está afiliado a la Comisión Médica de la Mutual, esta es la entidad encargada.

Importante: 

La pensión por invalidez no es compatible con indemnizaciones del carbón ni con pensiones previsionales de montos mínimos.

¿Cómo se realiza el trámite?

El trámite para solicitar la pensión por invalidez se puede hacer en cualquier sucursal del ISL. También puedes pedir información en Chile Atiende. 

Documentación a presentar: 

  • Cédula vigente, en original y copia.
  • Formulario de solicitud de la evaluación de invalidez. El médico que evalúa notificará en el mismo del historial del paciente, exámenes realizados, tratamientos suministrados y dictamen del grado de invalidez.
  • Comprobante de domicilio (recibo de servicios básicos reciente o declaración jurada).
  • Copia de liquidaciones de sueldo de los 6 meses anteriores.

Además, puede requerirse lo siguiente: 

  • Certificado de cotizaciones de AFP a la que se encuentra afiliado (si se lo está).
  • Certificado de afiliación a Isapre (si aplica).
  • Antecedentes de AFP, Mutual, Dipreca, etc., si recibe pensión de estas entidades.
  • En caso de enfermedad laboral, historial de trabajo (en caso de no haberlo entregado inicialmente al presentar el reclamo)
  • Antecedentes que acrediten historial de trabajo. Solo si es por enfermedad profesional.

Una vez entregada esta documentación, recibirás un comprobante del trámite. La resolución de la misma se te dará en un plazo máximo de 60 días. 

En conclusión

Como puedes ver, la indemnización por accidente o enfermedad laboral, así como la pensión por invalidez son derechos muy importantes. Por ello, es muy importante conocerlos, sobre todo cuando se trabaja en labores riesgosas. 

Todos los trámites pueden hacerse a través del ISL o solicitar ayuda con Chile Atiende. También puedes solicitar información en la Superintendencia de Seguridad Social. Recuerda que la pensión por invalidez no es compatible con algunos tipos de pensiones que el trabajador reciba, por lo que debes consultarlo y presentar la documentación necesaria. 

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