¿Cómo se calcula el pago del finiquito?
Para calcular la liquidación de un contrato de trabajo, debes sumar todo lo que se detalla como parte del finiquito.
Para este ejemplo, vamos a suponer que tienes un salario de €1,500, que el contrato inició el 1° de febrero de 2016 y finaliza el 5 de marzo de 2021:
Paso 1: Salarios y horas extras
Primero debes ver si tienes salarios y horas extras pendientes. Recuerda que las horas extras se pagan con un 75% de recargo sobre el valor de la hora diaria.
Para estimarlas, debes dividir tu sueldo entre los 30 días del mes. Luego el resultado se divide en 8 horas laborales (o lo que dure tu jornada). El valor obtenido se multiplica por 1.75 y luego por la cantidad de horas acumuladas.
Si ganas €1,500 al mes y tienes 4 horas extras:
€1,500 mensuales / 30 días = €50 diarios
€50 diarios / 8 horas = €6.25 por hora
€6.25 por hora x 1.75 cada hora extra = €10.94 por h. extra
€10.94 por h. extra x 4 horas extras = €43.76 de horas extras
Luego, como te deben el mes de febrero y ya van 5 días más de marzo, sumas el mes con los días proporcionales.
Para calcular estos, multiplicas tu salario diario por 5 días:
€50 x 5 = €250.00
Al resultado le sumas €1,500 del salario de febrero:
€250 + 1,500 = €1750.00
Ahora sumas las horas extras y el salario pendiente
€1,750 + 43.76 = €1,793.76
Este resultado son tus salarios y horas extras pendientes.
Paso 2: Calcula la paga extra proporcional
Este pago corresponde a dos salarios extra por año y se suele hacer semestral. Es decir que en cada semestre se paga un salario mensual.
La forma de calcular la parte proporcional es multiplicando el salario mensual por los días laborados desde la fecha de la paga extra anterior. El resultado se divide entre medio año laboral, es decir, entre 180 días:
(Salario mensual x días pendientes) / 180
Por ejemplo: Imagina que tu salario es de €1,500 y que te liquidan el 5 de marzo de 2020. La paga extra anterior la recibiste el 20 de diciembre de 2019. Desde entonces, han pasado 76 días.
La fórmula queda así:
€1,500 x 76 / 180 = €633.33
Este es el pago que te correspondería como paga extra proporcional.
Paso 3: Vacaciones proporcionales
Este corresponde a 30 días por año laborado. Al dividir 30 días de vacación entre 12 meses obtenemos que cada mes tienes derecho a 2.5 días de vacación.
Al sumar los días de vacación pendientes y multiplicarlos por tu salario diario, obtienes el total que deben pagarte.
Por ejemplo, para un salario de €1,500, si tus vacaciones anteriores corresponden al 1° de febrero de 2020, desde esa fecha hasta la liquidación el 4 de marzo ha pasado 1 mes. Es decir que te deben 2.5 días.
Primero estimas tu salario diario:
€1,500 / 30 = €50 diario
Luego multiplicas los 2.5 días por el salario diario:
2.5 días x €50 = €125
El resultado es el pago de vacaciones proporcionales.
Paso 4: Tiempo laborado e indemnización
En caso de que apliques a ser indemnizado, deberás estimar tu salario diario y contar cuánto tiempo llevas en la empresa, a fin de determinar la indemnización por despido, si aplica.
El tiempo laborado se debe convertir a días.
Para el ejemplo, si entraste el 1° de febrero de 2015 y el contrato termina el 5 de marzo de 2020, han pasado 5 años, 1 mes y 4 días. Como algunos años son bisiestos, el total de días equivale a 1,859.
El resultado nos servirá para estimar la indemnización según corresponda:
Despido improcedente;
En caso de un despido improcedente, recuerda que, si el contrato se celebró antes del 12 de febrero de 2012, el pago corresponde a 45 días de salario por cada año previo a tal fecha. El tiempo posterior a la misma, se paga con 33 días por año.
Para calcularlo, se multiplica el salario diario por los días de indemnización (ya sean 45 o 33), el resultado se divide entre 360 y se multiplica por la cantidad de días trabajados en total:
((SD x Días indemn.) / 360) x tiempo = indemnización
En caso de que el contrato sea previo al 12 de febrero de 2012, se deben hacer los dos cálculos aparte y sumar ambos tramos.
Despido objetivo:
Si el despido es objetivo, el pago es de 20 días de salario por año completo trabajado. También se debe sacar la parte proporcional. En este caso, se procede multiplica el salario diario por 20 y el resultado se divide entre 360. Luego, se multiplica por el total de días trabajados:
((SD x 20) / 360) x tiempo = indemnización
Como ves, la indemnización depende de la fecha de contratación, el tiempo laborado y el tipo de despido.
Para el ejemplo, vamos a suponer que la causa de la extinción de contrato es un despido improcedente.
Como en este caso, el contrato se celebró después del 12 de febrero de 2012, la indemnización corresponde a 33 días por año laborado.
Si estimamos el salario diario dividiendo €1,500 entre 30 días, obtenemos €50 diarios. Esto lo multiplicamos por la cantidad de días de salario que corresponden por año:
€50 x 33 = €1,650 por año laborado completo.
Ahora esta cantidad la dividimos entre 360. El resultado lo multiplicamos por los días que habíamos calculado en el paso previo, que es de 1,859 días:
€1,650 / 360 = €4.58
€4.58 x 1,859 = €8,520.42
(Recuerda revisar que el resultado no sea superior a 24 mensualidades. En este caso, €1,500 x 24, equivale a €36,000, que sería el monto máximo a recibir).
Paso 5: Otros ingresos
En esta parte, vas a sumar cualquier otra cosa que te deban. Supón que tienes algunas comisiones pendientes del mes pasado por ventas, por un valor de €500. Luego, que este mes conseguiste €350. Sumamos ambas cantidades:
€500 + 350 = €850
Paso 6: Sumar todo
Ahora vamos a sumar todas las cantidades de dinero obtenidas previamente:
Salarios y horas extras | 1,793.76 |
Paga extra proporcional | 633.33 |
Vacaciones no gozadas | 125.00 |
Indemnización | 8,520.42 |
Otros | 850.00 |
Total | €11,922.51 |
Como puedes ver, el total de la liquidación en este caso es de €11,922.51 en total.
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es un documento que el empleador extiende al trabajador al finalizar la relación laboral. Se da tanto en caso de despido como de renuncia. En el mismo se detalla de cuánto es el pago que se dará al trabajador como liquidación.
Dentro del Estatuto de los Trabajadores se habla del mismo:
Art. 49. Numeral 2: “El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas”.
Si la causa de extinción es el despido, ya sea improcedente u objetivo, se deberá anexar la carta de despido.
¿Además de la indemnización, qué incluye la liquidación?
El finiquito debe especificar todos los pagos que se le deben al trabajador, los cuales se le pagarán como liquidación. También debe indicar la forma de pago. El trabajador debe formar el documento y tiene derecho a solicitar que un representante legal de los trabajadores esté presente al momento de firmar el finiquito.
La liquidación o pago del finiquito incluye:
- Salarios y horas extras pendientes.
- Pagas extras proporcionales.
- Vacaciones proporcionales.
- Indemnización (sin aplica).
- Cualquier otro pago pendiente.
Como ves, la liquidación es la suma de todos los pagos que están pendientes de hacerte. Si aplica la indemnización, esta va incluida dentro de la liquidación.
Cuando el despido es disciplinario o si es por renuncia voluntaria, solo incluyen salarios, pagas extra, horas extras, vacaciones y otros pagos pendientes. Recuerda que en estos dos casos no hay indemnización.
Causas de la extinción de contrato
Cuando en una empresa un trabajador es despedido o renuncia voluntariamente, el empleador debe extender un documento de finiquito que dé por terminado el contrato y realizar el pago correspondiente a la liquidación al trabajador.
El valor a recibir dentro de la liquidación depende de la causa por la cual el contrato se haya terminado.
Dentro del Estatuto de los Trabajadores, se contempla diversas causas por las que un contrato puede terminarse:
- Despido improcedente: Cuando el trabajador es despedido, pero decide impugnar la decisión y la empresa concilia con una indemnización o cuando un juez declara la improcedencia. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, más la parte proporcional por fracciones de un año. El límite es de 24 mensualidades. (Para contratos previos al 12 de febrero de 2012, las fechas anteriores a esta se indemniza con 45 días de salario por año, con un máximo de 42 mensualidades. Para los tramos posteriores, por los 33 días mencionados).
- Despido objetivo: Puede darse por ineptitud del trabajador tras su contratación; por no adaptarse a nuevas disposiciones, cuando sean razonables, pasados 2 meses; al rebasar cierto porcentaje de inasistencias, incluso justificadas (saber más) o por causas económicas, técnicas, etc. dentro de la empresa, si es menor a un despido colectivo. La indemnización es de 20 días de salario por año de servicio, más la parte proporcional por fracciones de años. Máximo: 12 mensualidades.
- Despido disciplinario: Puede darse por faltar al trabajo o impuntualidad reiterada y sin justificación; por desacato intencional a las normas; ofensas o acoso hacia el personal o familiares que convivan con ellos; por pérdida de confianza (robo) o por disminuir continuada y sistemáticamente el rendimiento laboral. En este caso, el trabajador pierde el derecho a la indemnización y salarios de tramitación.
- Renuncia voluntaria: Cuando el trabajador decide retirarse voluntariamente por motivos personales o de crecimiento profesional. No existe pago por tiempo laborado en este caso.
Lo anterior quiere decir que únicamente el despido improcedente y el despido objetivo contemplan un pago de indemnización.
En conclusión
Para poder calcular la liquidación de tu contrato, debes conocer cómo se calcula el salario diario, la paga extra, las vacaciones proporcionales y las horas extras. También debes saber cómo se saca la indemnización dependiendo del tipo de despido que aplique.
Recuerda que, si el despido es disciplinario o si renuncias, no aplica el pago de la indemnización. En dicho caso, solo se sumarían los demás pagos pendientes.
Una vez que se estiman los pagos de forma independiente, el cálculo de la liquidación es simplemente sumar todo, por lo que en realidad es muy sencillo calcularla.
Mantente siempre informado de las leyes que rigen los derechos de los trabajadores. Para más información sobre el cálculo de la liquidación o asesoría laboral, puedes contactar al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
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