Pago de días festivos laborados

Calcula tu pago ingresando tu salario y mira la explicación más abajo





¿Cómo se saca el cálculo del pago por trabajar en días feriados en Honduras?

Averiguar a cuánto corresponde el pago por laborar en festivos es muy sencillo. Solo debes conocer de cuánto es tu salario diario y multiplicar dicha cantidad por 2.

Por ejemplo:

Si tu salario mensual es de L8,500, divides entre 30 días del mes:

L8,500 / 30 = L283.33

Al multiplicar por 2:

L283.33 x 2 = L566.66

Este es el pago que debes recibir por cada día feriado laborado, además de descansar otro día.

Sencillo, ¿cierto?

Hay algunos casos en los que las labores no puedan ser suspendidas. Por ejemplo, los viajes fluviales o marítimos. El Código también establece qué hacer en tales casos.

Según el artículo 342, si el personal no puede tomar el descanso durante una o más semanas, se acumulan los días para la semana siguiente al que terminen las labores.

En caso de terminación de contrato, se deben pagan los descansos no gozados, calculándolos de la misma forma.

Cuáles son los días feriados en Honduras:

Respecto a los días festivos o de descanso remunerado, el Código cita los siguientes:

1° de eneroAño nuevo
Jueves, Viernes y Sábado SantoSemana Santa
14 de abrilDía de las Américas
1° de mayoDía Internacional del Trabajo
15 de septiembreIndependencia de Centroamérica
3 de octubreDía del Soldado
12 de octubreDescubrimiento de América
21 de octubreDía de las Fuerzas Armadas
25 de diciembreNavidad

Derecho al goce de días feriados según la ley

En el calendario laboral del año, existen siempre algunos días que, ya sea por motivos religiosos, cívicos o históricos, se consideran días feriados en Honduras. Durante tales fechas, los trabajadores suelen disfrutar un descanso obligatorio remunerado, según la ley. Aunque existen casos en los que se puede solicitar al trabajador que labore, el trabajo en tales días se paga con un recargo adicional.

Para comenzar, debes saber que, como trabajador, tienes siempre derecho a un día de descanso remunerado por cada 6 de trabajo. Esto se encuentra contemplado en el artículo 338 del Código del Trabajo. Además, ningún trabajador podrá ser ocupado después de la 1:00 p. m. de la víspera de su día de descanso semanal.

Si eres menor de 16 años, este día debe ser domingo, obligatoriamente. Si eres mayor, preferiblemente; aunque puede ser cualquier, siempre que sea un período de 24 horas consecutivas.

Esto es aplicable, según el mismo artículo 338, para los siguientes casos:

  1. Por la necesidad de realizar los trabajos cuya interrupción no sea posible.
  2. Porque el carácter del trabajo requiera su continuidad.
  3. Si su interrupción los domingos puede perjudicar al interés o la salud pública.
  4. Las labores agrícolas o ganaderas
  5. Las labores del servicio doméstico y de choferes particulares.
  6. Cuando se pretenda habilitar como laborable un día feriado nacional.

El pago de los días feriados en Honduras, cuando no se trabajan, debe hacerse con el promedio diario de tus salarios ordinarios y extraordinarios de la semana anterior.

Si no laboraste durante dicha semana, se toma como base el salario diario de una jornada normal.

Pero si tu salario es quincenal o mensual, se estipula que ya incluye el pago de los días feriados en Honduras.

Ahora bien, tal como se ha dicho, existen algunos casos en los que es posible que tu patrono te solicite trabajar en un día festivo.

Para tales casos, la ley contempla un pago con un recargo adicional.

El Código del Trabajo señala lo siguiente:

“Artículo 340. Si en virtud de convenio se trabajare durante los días de descanso o los días feriados o de fiesta nacional, se pagarán con el duplo de salario correspondiente a la jornada ordinaria en proporción al tiempo trabajado, sin perjuicio del derecho del trabajador a cualquier otro día de descanso en la semana conforme al artículo 338”.

Esto quiere decir que, si laboras en días festivos, se te debe dar otro día como descanso. Además, deberán pagarte doble salario.

 

Conclusiones

Todos los trabajadores tienen derecho a gozar de un asueto durante los festivos o días feriados en Honduras. Y desde luego, el pago de los mismos no te quita el derecho de poder tomar otro en compensación.

Esto puede ser muy beneficioso para la economía, pues, en caso de necesitarse, la empresa cuenta con personal competente a su servicio. Por su parte, los trabajadores pueden hacerse un dinero extra para la quincena o el mes.

Sin embargo, es importante recalcar que esto solo debe hacerse en caso de ser necesario. Recuerda que los días feriados son fechas para celebrar en familia nuestras tradiciones religiosas, rememorar a nuestros héroes u honrar la memoria nacional.

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Fuentes: Código del Trabajo de Honduras

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