¿El permiso de matrimonio existe en México?
Hasta la fecha, la Ley Federal del Trabajo no contempla ningún período establecido como permiso por matrimonio en México.
A diferencia de países vecinos y de otros permisos como el de maternidad, paternidad, baja por enfermedad, etc. contraer nupcias no es justificante para ausentarse del trabajo.
Sin embargo, algunas empresas otorgan días de permiso por matrimonio a sus trabajadores, por iniciativa propia o como parte de los beneficios como trabajador. En tal caso, se está a lo establecido en cada contrato de trabajo.
Pueden ser 5 días, 10, 15, etc. Todo depende de tu empleador y lo que acuerden. El pago de de estos días libres también pueden ser acordados con el empleador.
Por otro lado, existen sectores sindicalizados que establecen este derecho, pero también puede ser de períodos muy diferentes, dependiendo del sector y de su naturaleza de trabajo.
¿Qué es un permiso o licencia de matrimonio?
En muchos países, el permiso matrimonial o licencia por matrimonio es un derecho que otorga un período de descanso remunerado tras la celebración de la boda. Este intervalo de tiempo suele remunerarse con el 100% del salario regular. Es decir que son días de permiso pagados. La consulta sobre si en la legislación de trabajo existe un permiso por matrimonio en México es muy frecuente entre quienes están en planes de casarse o tienen intenciones de dar ese paso próximamente.
¿El permiso de matrimonio existe en México?
Hasta la fecha, la Ley Federal del Trabajo no contempla ningún período establecido como permiso por matrimonio en México.
A diferencia de países vecinos y de otros permisos como el de maternidad, paternidad, baja por enfermedad, etc. contraer nupcias no es justificante para ausentarse del trabajo.
Sin embargo, algunas empresas otorgan días de permiso por matrimonio a sus trabajadores, por iniciativa propia o como parte de los beneficios como trabajador. En tal caso, se está a lo establecido en cada contrato de trabajo.
Pueden ser 5 días, 10, 15, etc. Todo depende de tu empleador y lo que acuerden. El pago de de estos días libres también pueden ser acordados con el empleador.
Por otro lado, existen sectores sindicalizados que establecen este derecho, pero también puede ser de períodos muy diferentes, dependiendo del sector y de su naturaleza de trabajo.
¿Qué puedo hacer para obtener los permisos para la boda y luna de miel?
Si estás en planes de bodas próximamente, seguramente querrás gozar de un período de descanso para ir de luna de miel. Eso sin mencionar que, tras la planificación de la boda, seguramente querrás descansar, tener tiempo para mudarte, acomodarte en tu nuevo hogar, establecer la nueva rutina de la vida familiar como pareja.
También para que puedas hacer trámites de registro civil del matrimonio, pagos pendientes de la boda, devolver el vestido de novia o traje, etc.
Por ello, es importante que consultes con tu empleador si esto está contemplado en la normativa de la empresa y de cuánto tiempo de permiso establece tu contrato colectivo. En todo caso, si tampoco se menciona el permiso por matrimonio, se puede llegar a un acuerdo con él para que te dé algunos días.
Recuerda que es importante coordinar también con tu pareja previamente. Sobre todo, en caso de que ambos estén laborando. Así, podrán solicitar los permisos en las mismas fechas, en los respectivos lugares de trabajo con su empleador.
Obviamente, se te pedirá alguna constancia. Esta podría ser un presupuesto del organizador, las tarjetas de invitación, reserva de vuelos para la luna de miel, etc.
Una vez realizada la boda, para hacer efectivo el permiso, es posible que sus empleadores les soliciten a ambos el certificado de bodas o la respectiva copia notariada.
Prestaciones económicas del IMSS e ISSSTE
A pesar de la inexistencia de un período de vacaciones por matrimonio, el SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro) contempla una prestación especial para los afiliados al seguro social: la Ayuda para Gastos Matrimoniales, que consiste en un subsidio equivalente a 30 días del salario mínimo legal vigente en CDMX.
Si, además, tienes cuenta de ahorro voluntario, puedes hacer uso del dinero dos meses después de haber hecho el primer depósito. El trámite puede realizarse con la institución financiera, es decir con el banco, o con el seguro, ya sea el IMSS o el ISSSTE.
Requisitos del IMSS para la Ayuda para Gastos de Matrimonio:
Si estás asegurado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, tienes derecho a esta prestación por una única vez en tu vida (aun cuando vuelvas a contraer matrimonio por una segunda vez).
Para acceder a la misma, debes haber cotizado al menos 150 semanas (la ley entró en vigencia en julio de 1997, por lo que se cuenta a partir de entonces).
Por otro lado, tu cuenta debe poseer la cantidad de fondos suficientes para cubrir el tiempo.
Tu expediente laboral debe estar actualizado, así como tu cuenta Afore y del seguro.
El trámite debe hacerse en la Unidad de Medicina Familiar del IMSS. Luego, la Afore te lo entregará en los próximos 30 a 60 días.
Deberás presentar:
- Tu ID vigente en original y copia
- Documento oficial con tu nombre y número del seguro
- Estado de cuenta Afore
- Copia certificada del acta de matrimonio
- Solicitud de otorgamiento firmada
- Tu CURP
Si solo tu pareja cotiza o solo tú, aplica de igual forma. Si ambos son cotizantes, pueden solicitarla por separado.
Requisitos ISSSTE
Si estás asegurado con el ISSSTE, debes presentarte a las oficinas del Pensionissste.
Deberás presentar:
- Tu ID vigente en original y copia
- Comprobante de domicilio en original y copia
- Estado de cuenta con Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) en original y copia
- Comprobante de titularidad de la cuenta en Pensionissste, en original y copia
- Resolución de la Ayuda para Gastos de Matrimonio, del IMSS
- Solicitud de Expediente de Identificación del Trabajador, del Pensionissste
- Solicitud de servicio, de Pensionissste
Algunos tips para tener en cuenta
Como ves, a pesar de que no se cuenta oficialmente con un permiso por matrimonio en México, sí puedes gozar de una remuneración por tal motivo. Pero es importante que pienses bien en qué momento casarte. De preferencia, no elijas una temporada alta de trabajo porque es más probable que te denieguen el permiso.
Es importante que contemples el panorama completo y que hables con tiempo con tu empleador, presentándole alguna constancia de que la boda se realizará.
Como te hemos mencionado, esto puede ser, desde la reservación del hotel, iglesia, sala de té, etc. Incluso, las invitaciones, reservaciones de hotel, hasta las facturas de banquete.
No lo olvides:
Tu empleador deberá buscar quién te cubra durante los días de permiso que necesitas por contraer matrimonio. Deberá pagarle a esa persona también, lo mismo que el jefe de tu pareja.
Por otro lado, tú querrás irte a descansar sabiendo que cuando vuelvas, no tendrás demasiadas cosas acumuladas.
Avisa con suficiente antelación en tu trabajo, conversa con tus superiores y lleguen a un acuerdo para gozar de esta posibilidad. Un período de anticipación dentro de los parámetros razonables, podría ser 1 mes o al menos 15 días antes de la boda.
Podrías solicitar distribuir el permiso que necesitas en varios días no consecutivos, tomar libre las tardes, etc.
La idea es que el permiso pueda adaptarse a tus planes, sin perjudicar el funcionamiento regular y las operaciones de la empresa para la que trabajas.
En última instancia, podrías pedir a tu empleador un par de días libres sin goce de sueldo. Pero, por supuesto, deberás prepararte económicamente antes de ello.
Por lo mismo, te recomendamos que, como parte de tu planificación de la boda, aparte de los gastos como el vestido de novia, el traje, los zapatos, el ramo y las reservaciones, contemples el ahorro. Intenta guardar algo de dinero.
Si no tienes cuenta de ahorro voluntario, es ampliamente recomendable que abras una con tiempo.
Recuerda que solo dispondrás de ese dinero dos meses después de que se realice el primer abono a la misma.
La buena noticia es que, si eres cotizante, puedes acceder a la prestación de Ayuda para Gastos de Matrimonio. Recuerda hacer los trámites dentro de los plazos establecidos. Para hacer consultas o si quieres pedir más información, contacta con el IMSS o el ISSSTE.
Para terminar:
Si bien, actualmente no se contempla la licencia matrimonial, es posible que en un futuro se incluya en la LFT una ley de permiso por matrimonio. Por ello, es importante mantenerte informado sobre tus derechos laborales y nuevas reformas de ley.
Si necesitas ayuda o tienes consultas adicionales respecto a la ayuda para gastos matrimoniales, puedes acercarte a las oficinas del IMSS o el ISSSTE para una asesoría más completa.
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Fuentes: Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Ley Federal del Trabajo, IMSS, ISSSTE,