En toda empresa dentro de Panamá, las actividades productivas se realizan dentro de un horario establecido que los trabajadores deben cumplir, al cual se le conoce como jornada laboral, fuera de la cual, todo trabajo realizado se considera como jornada extraordinaria u horas extras.
En esta ocasión vamos a ver cómo se realiza el pago de horas extras en Panamá y ejemplos de cómo calcularlas.
Primero que nada, es importante saber cómo se conforman las jornadas ordinarias según el Código de Trabajo. Esto se detalla dentro del artículo 30 del mismo.
Tipos de jornada en Panamá:
- Jornada diurna: de 6 a.m. a 6 p.m. Su duración máxima es de 8 horas diaria y 48 en la semana.
- Jornada nocturna: de 6 p.m. a 6 a.m. Dura 7 horas como máximo. 42 a la semana
Existe también la llamada jornada mixta, que es cuando tienes horas tanto dentro del horario diurno como del nocturno. Su duración máxima es de 7.5 horas y 45 en la semana.
Además, si tu jornada tiene más de 3 horas dentro del período nocturno, se considera completamente nocturna.
Por ejemplo, si trabajas de las 3:00 de la tarde a las 10:00 de la noche, hay 4 horas nocturnas (de las 6 a las 10 p.m.). En este caso, la jornada se consideraría nocturna.
Desde luego, esto significa que el trabajo realizado en 7 horas en horario nocturno o 7.5 en horario mixto se remuneran de igual forma que el que se lleva a cabo durante las 8 horas de la jornada diurna.
Si tu horario es rotativo, sin embargo, recibirás un salario uniforme, independientemente de las variaciones en las horas.
El trabajo fuera de estos límites contará como extraordinario.
¿Cómo se paga la hora extra?
El Código diferencia 3 formas de pago, dependiendo del tipo de horario en que se realicen las horas extras:
- 25% adicional – Horas extras en período diurno.
- 50% de recargo – Si se hace en período nocturno o se extienda la jornada mixta iniciada en período diurno.
- 75% – Jornada nocturna o extensión de la jornada mixta iniciada en período nocturno.
Para calcular cuánto es el pago, lo que debes tener en cuenta primero es tu hora en jornada regular.
Esto podrás averiguarlo dividiendo tu salario del mes entre 30 y luego entre la cantidad de horas que dura tu jornada.
Ejemplo jornada diurna con horas extras en horario nocturno:
Si tu salario mensual es de $996.59 y trabajas 8 horas diarias, se opera así:
$996.59 / 30 = $33.22
$33.22 / 8 = $4.15
Este es el valor de tu hora en jornada diurna ordinaria.
Ahora imagina que tu hora de salida es a las 6 p.m. pero un día te piden trabajar hasta las 8 p.m. Es decir, dos horas extras.
Para este caso, vemos que la jornada inició en período diurno y las horas extras son en período nocturno. Entonces el recargo sería del 50%
Por tanto, lo que haremos será multiplicar la hora regular por 1.5. Es decir, por 1 hora y la mitad correspondiente al 50%:
$4.15 x 1.5 = $6.23
Este es el valor de cada hora extra. Pero debes multiplicarlo por el total de horas acumuladas. Por dos, en este caso:
$6.22 x 2 = $12.46
Ejemplo en jornada nocturna:
Siguiendo con el mismo ejemplo de salario, imagina que tu trabajo lo realizas de 3 de la tarde a 10:00 de la noche. Como en este caso, hay más de 3 horas en la parte nocturna, se considera jornada nocturna completamente. Por eso, solo dura 7 horas.
Luego, imagina que te piden quedarte una hora más, hasta las 11:00 de la noche.
En este caso, para sacar la hora regular, dividirás el salario mensual entre 30 días y luego entre 7 horas de la jornada:
$996.59 / 30 = $33.22
$33.22 / 7 = $4.74
Este es el valor de la hora regular en horario nocturno. Esta, se multiplicará por 1.75 para cargarla con el 75%
$4.74 x 1.75 = $8.30
Como en este caso, solo tienes 1 hora diaria, al multiplicar este valor de la hora extra por 1, te da siempre $8.30 y es lo que recibirás por horas extras.
Ejemplo de hora extra en jornada diurna:
Si tu jornada es diurna y la hora extra aun se encuentra dentro del período diurno, según la Ley, el recargo es del 25%.
Por ejemplo, si tu trabajo es de 8 a 5 y trabajas una hora hasta las 6, siguiendo el ejemplo, vas a calcular así:
$996.59 / 30 = $33.22
Luego divides entre las 8 horas:
$33.22 / 8 = $4.15
Este valor de tu hora regular diurna, lo multiplicas por 1.25 para recargarle el 25% que indica la ley:
$4.15 x 1.25 = $5.19
Como en este ejemplo solo es una hora extra, este es el valor acumulado en total.
*Los ejemplos se muestran con 2 decimales redondeados, pero se ha operado con cifras completas.
Muy importante:
Las horas extras tienen un límite del cual no pueden exceder. Este límite es de 3 horas diarias y 9 en la semana.
Es decir que, si haces 3 horas extras durante 3 días seguidos, no se permite que hagas más.
En todo caso, si esto ocurre, el excedente de horas te será pagado con un 75%, pero podrá significar también una sanción para tu empleador.
Además, cuando se trate de trabajos peligrosos o insalubres no se permite trabajar horas extras. Tampoco se permitirá en el caso de los menores de edad.
¿Me pueden obligar a trabajar horas extras?
El Código es claro al afirmar que no se puede obligar a los trabajadores a laborar horas extras.
Las únicas excepciones son:
- Siniestros o riesgo inminente que haga peligrar la vida de las personas, la existencia de la empresa u obra objeto del contrato. En este caso, la jornada se prolongará por el tiempo estrictamente necesario para resolver la situación.
- Cuando el contrato colectivo indique que todos o algunos trabajadores, dentro de los límites legales, deban trabajar horas extras. El trabajador debe haber firmado estando de acuerdo.
¿Cuándo me deben pagar mis horas extras?
A la hora de recibir tu pago por horas extras, se tomarán en cuenta las laboradas hasta 5 días antes. El resto pasarían a la siguiente fecha de pago.
En síntesis
Las horas extras en Panamá debe darse solo en circunstancias eventuales y no de forma permanente.
El empleador debe procurar siempre contar con los suficientes equipos de trabajadores para realizar las labores en horario regular. Todo, cuidando de no exceder los límites establecidos por la ley.
Finalmente, es importante que sepas que se debe llevar un registro de las horas extras para que te sean pagadas a cabalidad en la fecha que corresponden.
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