¿Cómo se calcula la liquidación de contrato?
Para calcular el pago de una liquidación de contrato, vamos a usar un salario de S/4,000, suponiendo que la causa de terminación es el despido injustificado. Como fecha de inicio, colocaremos el 1º de marzo de 2020 y como fecha de finalización, el 29 de febrero de 2021.
Paso 1: Salarios pendientes
Esto se refiere a los salarios que aún te deben. Como en este ejemplo, el contrato termina a fin de mes, vamos a suponer que es el salario completo:
S/4,000
Paso 2: Sobretiempo u horas extras
Las horas extraordinarias que hayas trabajado en el período a pagar te las deben pagar también. La Ley indica que se pagan con 25% de recargo cuando son las primeras 2 en la jornada semanal y con el 35% cuando exceden dicha cantidad.
Vamos a suponer que tienes 2 horas extras con el 25% por pagarte.
Para estimar el pago, vamos a sacar el salario por hora, dividiendo tu salario mensual entre 30 días y luego entre 8 horas de trabajo diario. Luego, multiplicaremos por 1.25 para conocer el valor de cada hora extra:
S/4,000 / 30 = S/133.33 diarios
S/133.33 / 8 = S/16.66 por hora
S/16.66 x 1.25 = S/20.82 cada hora extra
Este valor lo multiplicamos por las 2 horas que te deben:
S/20.82 x 2 = S/41.64
Paso 3: Vacaciones no gozadas
Cuando un trabajador lleva ya 1 año laborando, tiene derecho a 30 días de descanso. Como en este caso, estamos hablando de 1 año exacto, tocaría el pago de vacaciones completas.
Es decir que vamos a sumar 30 días de salario por vacaciones no gozadas:
S/4,000
Paso 4: Gratificación proporcional
Este es un pago semestral que se hace por un salario bruto más asignaciones familiares y a eso le sumas un 9% adicional si estás afiliado a EsSalud, o 6.75%, si estás con una Entidad prestadora de Salud (EPS). Todo trabajador con más de 6 meses de antigüedad tiene derecho a la misma.
En este caso, vamos a suponer que no hay asignaciones familiares y que estás en EsSalud. Por tanto, vamos a sumar S/4,000 con el 9% de ese mismo valor para estimar de cuánto sería la gratificación completa:
S/4,000 x 9% = S/360
S/4,000 + 360 = S/4,360
Como se paga semestralmente, pero en este caso solo han pasado 2 meses, vamos a multiplicar la gratuidad completa por 2 y a dividir entre 6 para la parte proporcional:
S/4,360 x 2 = S/8,720
S/8,720 / 6 = S/1,453.33
Paso 5: Compensación por tiempo de servicio (CTS)
Se trata de un “ahorro obligatorio” para servir como contingencia en caso de terminación de contrato. La CTS se paga independientemente de que el trabajador sea despedido o renuncie.
Este beneficio se paga en mayo y octubre y aplica para todo el que tiene al menos 6 meses laborando. Equivale a un salario más 1/6 de la gratificación recibida en el semestre.
Salario + 1/6 (gratificación recibida) = CTS
En esta se pueden descontar días de faltas injustificadas y días no computables. Es decir que para su cálculo se debe contar los días considerados de trabajo efectivo.
Como en este caso, la CTS anterior se abonó al trabajador en octubre, han pasado 4 meses, pero debemos contar los días del 1º de noviembre de 2020 al 29 de febrero de 2021. En total, hay 120 días.
Entonces, primero vamos a calcular la CTS que correspondería completa. El resultado se divide entre 360 y se multiplica por los días proporcionales (120):
S/4,000 + 1/6 (1,453.33) = S/4,242.22
S/4,242.22 / 360 = S/11.78
S/11.78 x 120 días = S/1,413.60
Esta es la parte proporcional que tienes pendiente de recibir como CTS.
Paso 6: Indemnización
La indemnización aplica para casos de despido arbitrario, despido nulo e indirecto. De acuerdo con la Ley, equivale a una remuneración y media por año laborado. Esto quiere decir que es igual a 45 días de salario por año. El límite a recibir es de 12 veces tu salario.
Para estimarlo, el salario mensual se multiplica por 1.5 y luego el resultado, por los años laborados.
Si existen fracciones de meses o días se pagan los dozavos y los treintavos:
Para los meses, completos, multiplica el salario por 1.5, pero el total se divide entre 12 y se multiplica por la cantidad de meses laborados.
Para calcular los días, se multiplica el salario por 1.5, el total se divide entre 12. Luego, hay que volver a dividir entre 30 días. El resultado hay que multiplicarlo por los días a pagar.
Como en este caso estamos hablando de un año completo exacto, la remuneración será de un mes de salario multiplicado por 1.5 para estimar los 45 días:
S/4,000 x 1.5 = S/6,000
Paso 7: Sumar todo
Ahora que tenemos todos los rubros calculados, vamos a consolidar y sumar todo:
Salarios pendientes | 4,000.00 |
Sobretiempo | 41.64 |
Vacaciones no gozadas | 4,000.00 |
Gratificación proporcional | 1,453.33 |
CTS | 1,413.60 |
Indemnización | 6,000.00 |
Total | S/16,908.57 |
Por tanto, el total de la liquidación es de S/16,908.57.
Recuerda que si renuncias voluntariamente o eres despedido con causa justa no aplica la indemnización. Solo el despido injustificado, nulo o indirecto dan derecho a una indemnización.
En cualquier caso, sí deben pagarte tus salarios y vacaciones no gozadas, así como la gratificación y CTS proporcionales.
¿Qué es un finiquito?
Cuando el contrato se da por terminado, el empleador extenderá un finiquito. El mismo consiste en un documento donde consta el cargo del trabajador, salario devengado, fecha de ingreso y de salida. También se desglosa en el mismo los montos a pagar al trabajador por prestaciones e indemnización. Es decir, la liquidación.
¿Qué es la liquidación?
La liquidación se refiere directamente al pago que el empleador entrega al trabajador al firmar el finiquito.
Es la suma de:
- Salarios pendientes
- Sobretiempo u horas extras
- Vacaciones no gozadas
- Gratificación proporcional
- Compensación por tiempo de servicio (CTS)
- Indemnización (si aplica)
Derecho al pago de la liquidación
Dentro de la Ley General de Trabajo de Perú se contempla el derecho al pago de la liquidación por terminación de contrato. Esta se paga a todos los trabajadores al finalizar la relación laboral con el empleador. Para el cálculo de la liquidación se tiene en cuenta el salario mensual y el tiempo laborado. A la vez, influye la causa de la terminación del contrato.
Causas de extinción de contrato
La LGT contempla distintas causas por las que un contrato pueda darse por terminado.
- Despido arbitrario: Este se da si el trabajador es despedido sin causa justa. Otorga el derecho a una indemnización y a la compensación por tiempo de servicio (CTS).
- Despido justificado: Este se da por faltas graves del trabajador, disminución de facultades físicas o mentales, ineptitud para realizar tareas habituales, rendimiento deficiente en comparación con el trabajador promedio, negativa a someterse a exámenes médicos establecidos por la ley para el trabajo, no acatar medidas profilácticas o normativa, acoso, entre otros. En estos casos, no se aplica una indemnización.
- Despido nulo: Se trata de despidos que no son procedentes por vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores. Se da cuando son motivados por pertenecer a un gremio, por presentar una queja, por embarazo, por sr portador de VIH o SIDA, por motivos de raza, sexo, religión o idioma. El trabajador puede solicitar ser reinstalado o ser indemnizado como en el caso del despido improcedente.
- Despido indirecto: Se trata de la renuncia del trabajador cuando esta obedece a hostigamiento al trabajador. También se da por malas condiciones laborales o condiciones distintas a las pactadas. Es decir, que se trata de una renuncia motivada por el empleador. En este caso, el trabajador también deberá ser indemnizado.
- Renuncia voluntaria: Cuando el trabajador decide retirarse por razones ajenas al empleador. No existe una indemnización en este caso.
Resumen
Tal como has podido ver, el procedimiento del cálculo directamente únicamente es sumar cada ítem. Sin embargo, es importante conocer cómo se paga cada uno de ellos.
Si tienes alguna duda sobre el monto total puedes acercarte al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú.
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